Estudio e instalación de sistemas de energía solar. Proyectos, asesoría técnica y tramitación de subvenciones. Energía solar térmica, fotovoltaica y frío solar.
4 de Julio del 2008
 
 
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Subvención Asturias
 
Inicio convocatoria: 06/05/2006 Final convocatoria: 26/05/2006
 
ACCIONES SUBVENCIONABLES

acciones de estrategia de ahorra y eficiencia energética en proyectos de utilización y sustitución racional de fuentes de energía en la industria, el transporte, los servicios y edificios. Proyectos de uso de energía solar, eólica, minihidráulica, geotérmica y proyectos de investigación e instalaciones piloto de nuevos sistemas de energías renovables. Actuaciones para la utilización de biomasa.

 
Son subvencionables los pagos efectuados  hasta 15/11/2006
 
Tipo de subvención:  Subvención a fondo perdido
Cuantía máxima de subvención para fotovoltaica: Hasta 15 euros/Wp, con un máximo de 45.000 euros. La subvención se determinará en función de la potencia y los sistemas de acumulación.
En las instalaciones solares fotovoltaicas de conexión a red se valorará especialmente su interés social y divulgativo.
 

Gastos subvencionables: Serán subvencionables: bienes tangibles que sean imprescindible para alcanzar los objetivos. NO serán subvencionables: IVA y cualquier clase de impuesto; gastos financieros; inversiones en equipos usados; gastos de adquisición de terrenos; gastos originados por la confección del proyecto; gastos generales o corrientes del titular.

 

BENEFICIARIOS: para el caso 1, empresas privadas; comunidades de propietarios de viviendas en régimen de propiedad horizontal; personas físicas; instituciones sin ánimo de lucro y los organismos autónomos. Para el caso 3, empresas privadas; comunidades de propietarios de viviendas en régimen de propiedad horizontal; personas físicas y las instituciones sin ánimo de lucro.

 

CUANTIA: el importe variará según el tipo de actuación y medida específica subvencionable. Las cuantías se podrán incrementar en el caso de actuaciones llevadas a cabo por entidades sin ánimo de lucro, en función del interés social de la instalación que se lleve a cabo.

 
COMPATIBILIDAD: estas ayudas serán compatibles con otras, siempre que no supere el coste de inversión, gasto o actividad a desarrollar por el beneficiario.
 
 
 
 
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